Sueldos del cardenal y demás personal eclesiástico PDF Imprimir E-mail
El 3 de julio de 1991, Alberto Fujimori firma el Decreto Supremo 145-91-DF, en el que se establecen las asignaciones de dinero del personal eclesiástico de manera escalonada, de tal forma que el cardenal obtiene el mismo sueldo que un ministro de Estado, el arzobispo el 80% del sueldo de un vice-ministro, el obispo, 50%, etc.
Aquí mostramos el documento:

Sueldos de Cirpriani y otros miembros de la Iglesia en el Perú